Por: Bruno Rojas Cornejo | 27/08/2026
El pasado lunes 17 de agosto, el Ejecutivo ingresó al Senado una reforma constitucional en materia de seguridad que contempla la creación de un nuevo estado de excepción constitucional. La iniciativa se suma al paquete de medidad ya anuncido bajo el nombre de “Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo” (ACOT).
Conviene partir por lo obvio, nadie discute que el crimen organizado sea un problema real, creciente, que exige una respuesta seria del Estado. El desacuerdo no está ahí, sino en el camino elegido para enfrentarlo. Los estados de excepción constitucionales fueron concebidos para lo extraordinario y lo transitorio – catástrofes, guerra exterior conmoción interna –, no para administrar de forma permanente un fenómeno estructural como el crimen organizado. Crear un nuevo estado de excepción específicamente para esto no es un ajuste técnico menos: es un cambio de naturaleza. Es convertir en herramienta ordinaria de gobierno aquello que la Constitución reservó, deliberadamente, para lo excepcional.
Y ahí está el problema de fondo. Cuando el Estado empieza a resolver sus problemas persistentes con poderes pensados para emergencias, la excepción deja de ser excepción: se transforma en la nueva normalidad institucional. Con ella llegó también un mecanismo de restricción de derecho que la experiencia comparada muestra, una y otra vez, como la puerta de entrada a abusos que después cuesta mucho revertir.
De esta manera hay un punto que es necesario subrayar con especial fuerza: que sea el propio Presidente quien pueda declarar ese nuevo estado de excepción, sin necesidad de aprobación previa del Congreso, es una concentración de poder que no admite matices, es autoritarismo, dicho sin eufemismos. Un estado de excepción que nace y se extiende por sola voluntad del Ejecutivo, sin el contrapeso legislativo que debería condicionar desde el origen, invierte la lógica misma del Estado de Derecho, es ves de que el poder excepcional sea concebido y vigilado por los representantes de la ciudadanía, queda en manos de quién va a ejercer.
Si este diseño llega a aprobarse tal como está planteado, estaríamos frente a una dictadura en democracia, no como figura retórica sino como descripción bastante literal de lo que implica que un solo poder del Estado pueda suspender el derecho a reunión interceptar las comunicaciones de la población sin autorización del Congreso ni control judicial previo. A esto se suma que este tipo de facultades, en Chile, rara vez se aplica de manera pareja: tiende a concentrarse en los territorios y en los sectores más vulnerables, lo que agrega un componente clasista evidente a una herramienta que ya es peligrosa por diseño. Es un peligro inminente, y resulta imposible no ver el paralelo con lo vivido durante la dictadura militar, cuando las limitaciones a la movilidad, y la intervención de las comunicaciones se usaron precisamente para gobernar sin los contrapesos que la democracia exige.
Frente a este escenario, el camino para enfrentar el crimen organizado no puede ser seguir acumulando facultades excepcionales en manos del Ejecutivo. Si realmente existe voluntad de golpear a las organizaciones criminales, debemos avanzar hacia donde está uno de sus principales puntos de poder: el dinero. Por eso resulta urgente avanzar en el levantamiento del secreto bancario, con los resguardos y controles necesarios para evitar abusos, pero sin permitir que este mecanismo se transforme en un obstáculo para investigar a quienes financian, lavan y mueven recursos provenientes del crimen organizado. Es difícil entender que se pretenda entregar al Estado nuevas facultades para restringir derechos, mientras una herramienta que permitiría seguir la ruta del dinero siga encontrando resistencias. Para combatir al crimen organizado necesitamos más inteligencia, más investigación y más capacidad para perseguir sus recursos; no una excepción permanente que termine debilitando nuestra democracia.